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DNI no binario: las personas que lo tramiten podrán ver restringido su ingreso a otros países

Son sólo cinco los países que aceptan un documento de identificación no binario como válido.

 


El 23 de julio pasado, por decreto, el presidente de la Nación Alberto Fernández, anunció la emisión del Documento Nacional de Identidad (DNI) para las personas que se autoperciban no binarias. De este modo, los DNI argentinos contarán con la posibilidad de consignar una “X” para definir el sexo, al igual que para los pasaportes.

Tras la emisión del Decreto 476/2021, Argentina pasó a ser el primer país de Latinoamérica que da la posibilidad a sus ciudadanos de elegir una opción diferente a las tradicionales “F” y “M”, en la opción “Sexo” de los documentos de identidad.


El propio Gobierno reconoció en el texto que son muy pocos los países en el mundo que ya han admitido la posibilidad de no consignar el sexo masculino o femenino en un documento de identidad. A saber: la República Democrática Federal de Nepal, la República Islámica de Pakistán, Bangladesh, India y Canadá.

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El presidente Alberto Fernández puso en marcha el DNI para personas no binarias

Ante la pregunta sobre los inconvenientes que podría enfrentar una persona que desee viajar con un DNI que consigne esta opción, fuentes del Registro Nacional de las Personas (Renaper) dijeron a Infobae que “los organismos de la administración pública nacional tienen 120 días para adecuar normativas, sistemas y tecnologías para la efectiva implementación y cumplimiento del decreto”. A su vez, apuntaron que “Cancillería debería hacer una revisión y una presentación formal a la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI)”.

“Las personas con DNI no binario que deseen viajar deberán consultar con Cancillería y con el consulado del país que planeen visitar por si pudieran eventualmente tener alguna restricción de ingreso, permanencia o tránsito en los países de destino”, agregaron.

A las personas que quieran contar con el DNI no binario, el Renaper les informará que en caso de querer visitar el extranjero deberán contactar a la Cancillería en forma previa.

En consecuencia, de momento la responsabilidad corre por cuenta de la persona que elija poner una X en vez de una M o una F. “Entiendo que se les advirtió de esa situación. Nosotros no podemos meternos en la legislación de otros países”, dijo a Infobae un vocero de Cancillería.

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El Registro Nacional de las Personas (RENAPER) es el organismo encargado de emitir los DNI y de informar a quienes elijan consignar la X en el apartado "Sexo" que en caso de querer viajar al extranjero deberán consultar antes a Cancillería

Por otra parte, Félix Lonigro, profesor de derecho constitucional, dijo a Infobae que “una persona que va a un país que solamente contempla los sexos femenino y masculino puede encontrarse en una situación muy complicada”. “Es aún muy pronto, habrá que esperar a que se expresen al respecto los organismos internacionales”, concluyó.

El Decreto 476/2021 expresa que la Argentina, país miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), adhirió al Documento N.º 9303 de la misma, el cual consigna que la “X” puede ser utilizada cuando no se especifique sexo.

Sin embargo, en el Decreto emitido por el Gobierno se aclara que “la nomenclatura “X” para “sexo sin especificar” aún no fue admitida unánimemente por los 193 Estados que integran la OACI”. De ese modo, deja abierta la posibilidad de que un país extranjero no admita a una persona con DNI argentino no binario.

Más allá de los viajes al exterior, el nuevo esquema para la emisión del DNI generará cambios en otros terrenos que aún no han sido resueltos y que en algunos casos requerirán un complejo proceso de modificaciones normativas, según fuentes oficiales. Entre otros temas sin definición, aparece la edad jubilatoria, que actualmente es de 60 años para las mujeres y de 65 años para los hombres, pero también otras como el cupo electoral —que hoy incluye paridad de hombres y mujeres en la conformación de las listas de candidatos—, cupos laborales o las cárceles. También será necesaria una definición legal para la prioridad en el cobro de la Asignación Universal por Hijo (AUH); el beneficio para menores de 18 años es percibido por uno solo de sus padres pero con prioridad para la madre.

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