El Dr. Federico Manzanares explicó sobre el dictamen de la Justicia Federal en relación al planteo efectuado por Proyecto Goya, dando los detalles del inicio de este proceso y la resolución del Juzgado Contencioso Administrativo Federal, que falla sobre la plena vigencia de lo establecido en la Ordenanza 2018, en relación a la fijación de un centro histórico de la ciudad.
ORIGEN DE LA CAUSA
Sobre el origen de la causa presentada por Proyecto Goya, Manzanares, detalló: “Se inicia en mayo del 2019 con la presentación de Proyecto Goya en el Juzgado Federal en Buenos Aires, en ese ínterin se requiere al Poder Ejecutivo como a la Comisión Nacional de Monumentos, Lugares y Bienes Históricos, que dicten una Resolución o Decreto protegiendo el casco histórico de Goya, que había sido presentado por Proyecto Goya y no se había resuelto esa situación. Además pedían la nulidad de la ordenanza 2018, que había derogado la ordenanza 1965 que establecía requisitos en los inmuebles anteriores a 1930, la construcción en altura superior en 7 metros y delimitaba en parte el centro o casco histórico de Goya. Esta causa finaliza con la sentencia en noviembre de este año, dictado por el Juzgado en Primera Instancia declaró abstracto”.
DECLARAN ABSTRACTO
El profesional de Asesoría Letrada ante la consulta de la declaración de abstracto por parte de la justicia, señaló: “¿Porque se declara abstracto?, porque el Presidente Alberto Fernández, por decreto 472 del 2020 dictó esa resolución que pretendía Proyecto Goya, por la cual se había intimado al PEN y a la Comisión Nacional, determinando el área urbana histórica de la ciudad con un área de amortiguación, por eso declaró abstracto el primer planteo. Significa que no tiene sentido resolver porque estaba cumplimentado por lo establecido en el Decreto del Poder Ejecutivo; y la otra cuestión, pedido de nulidad de la Ordenanza 2018, se había resuelto a través de una revocatoria de la Cámara Federal, dio vuelta una medida cautelar que había obtenido Proyecto Goya pidiendo la vigencia de la Ordenanza 1965, no se podía construir en altura a más de 7 metros en el casco histórico, ante la revocatoria, los camaristas dijeron es una cuestión en la cual la Justica Federal no debe entrometerse, es una cuestión del derecho público local y deben respetar la competencia provincial y federal. Al no ser una cuestión federal el Juez declaró abstracto porque estaba resuelta esa cuestión en la revocatoria”.
PROYECTO GOYA
El Abogado dio cuenta de que es esta asociación: “Proyecto Goya es una asociación civil con personería jurídica regularmente constituida, ahora debemos entender que el Decreto del PEN valoriza lo que se hizo en su momento por las ordenanzas 1965 y la 2018, es el punto en común en todo esto, donde se reconoce la existencia de un área urbana originaria. Establece el Decreto desde el río por calle España hasta Bartolomé Mitre de allí subimos a Ejército Argentino y desde este punto al río; además reconoce una zona de amortiguación desde la Agustín P. Justo hasta la calle 9 de Julio, desde allí hasta Luis Agote y de allí hasta el río. Esa es la zona de visualización del casco histórico y trata de limitar o restringir construcción de edificios que no distorsione la armonía ambiental”.
VIGENCIA DE LA ORDENANZA 2018
En relación a la norma local sancionada por el Municipio de Goya, Manzanares, comentó: “La Ordenanza 2018, la Municipalidad delimita el casco histórico con un punto en común con el Decreto, la única diferencia sería la zona de amortiguación. La ventaja es, aquellos que tienen edificios anteriores a 1930 y quieran resguardar la fachada o entorno del edificio, por medio de presentación de proyecto vía Secretaría de Planeamiento se envía la solicitud a la Comisión Nacional de Monumentos, para adecuar al mantenimiento y obtener la exención de los tributos, impuestos inmobiliarios, etc.”.
FUNDAMENTOS DE LA CAUSA
El procurador de Asesoría Letrada, Dr. Federico Manzanares, reseñó la manera de preparar este y todos los casos que requieren la intervención de Asesoría: “Estudiamos el caso con documentaciones aportadas, con libros de autores que mencionan sobre esta cuestión, nunca he escuchado a los Intendentes Osella o Bassi, la diferencia sobre esto, el punto distinto pudo ser la extensión del casco histórico. Siempre se coincidió con la necesidad de revalorizar ese centro histórico para una visión de los servicios de turismo, se ha conformado la comisión Observatorio para la conservación del Patrimonio con la participación del Ejecutivo Municipal, Concejales, Junta de Historia, Consejo de la Arquitectura. Es un trabajo realizado hace bastante tiempo, inclusive antes de la sanción de la Ordenanza, hasta los vecinos han sido escuchados y para fundamentar la presentación ante la Justicia federal se hace indispensable estudiar minuciosamente todos los aspectos para la correcta fundamentación”.