El letrado reiteró que todo intento de limitar el ingreso de los vecinos a un comercio viola claramente la Constitución ya que el único órgano que puede reglamentar el ejercicio de los derechos individuales es el Congreso.
Y recalcó que se opone a los nuevos intentos de que se insisten con una ordenanza para restringir la permanencia de personas en los comercios goyanos.
El Abogado Juan Ignacio Ledesma es una de las personas que públicamente se opuso a toda restricción al ingreso de comercio, en especial su rechazo a la ordenanza que imponía la obligación de presentar el carnet de vacunación anti covid para permanecer en un comercio. Hizo circular una carta con más de un centenar de firmas de comerciantes que se oponen a la ordenanza.
Ledesma comentó en el programa “Panorama Local” Segunda Edición que se emite por FM Norte que ““ese aparentemente sería el argumento de nuestros legisladores locales, pretenden un programa por el cual se impondría una especie de obligación a los comercios, entiéndase como bares, restoranes, cines, y a todo lugar que sea un lugar de permanencia de las personas. Es decir, que ahí tendríamos la puerta para, posteriormente, intentar restringir derechos civiles y libertades individuales.
“De hecho que cuando uno va a un super o hipermercado, para efectuar una buena elección hasta desde el punto de vista económico necesita tomarse tiempo. Y bien podría tomarse a un supermercado como lugar de permanencia. Se ha escuchado que la permanencia es de 15 minutos para arriba. Más allá de que esta situación de que sea de permanencia, no tiene nada que ver en absoluto con los principios que violaría la ordenanza en caso de salir a la luz”, dijo.
“Lo que pretendían, aparentemente es que querían que el Ejecutivo reglamente la ordenanza y de ese modo limitara ciertos sectores. Ahora, uno no entiende cuál es la diferencia entre un bar y estar en un súper mercado, si en definitiva es un aglomeramiento de personas. Si ese es el objetivo, sería una ordenanza que se contradice a si misma”, dijo.
TAMBIEN MUEREN
“Tampoco uno entiende la diferencia entre personas que se han inoculado y personas que no lo han hecho luego de haberlo decidido libremente. Se ha demostrado que las personas que se han inoculado no solo se contagian sino contagian y también se mueren. Me refiero a casos puntuales que están contemplados en estadísticas del propio Ministerio de Salud Pública de la provincia, porque el ministerio tiene una página web que contempla un sistema que hace una especie de seguimiento de los efectos adversos en las personas que se inoculan”, dijo.
VETO DEL INTENDENTE
Sobre el veto del intendente Osella a la ordenanza aprobada dijo que “eso fue lo que ocurrió bien hecho y el veto estaba bien hecho, parcialmente en realidad porque el propio Ejecutivo sugirió a los concejales que retiren la ordenanza, modifiquen una palabra que estaba contemplada en la ordenanza, “sustituyan deberán por podrán”. Entonces, los comerciantes estarían facultados a exigir a sus clientes la exhibición del carne de vacunación como requisito para ingresar a sus locales. Con el proyecto original se le imponían a los comerciantes en general.
LA CONSTITUCION
Comentó que “el ejercicio de los derechos no son absolutos sino que son relativos, de hecho que el propio artículo 14 de la Constitución dice que todos los habitantes gozarán de derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio. Quiere decir que los derechos pueden ser limitados, no son absolutos. Ahora, bien la forma en que se limitan los derechos tiene que ser a través de una ley sentido formal y material. Esto significa que el único órgano competente para limitar los derechos es el Congreso de la Nación. No un intendente, no un concejal”, recalcó.